Calculadora de salarios y descuentos de ley de El Salvador 🇸🇻

Días festivos:

Los trabajadores que laboren en día de asueto devengarán un salario doble de su salario de ese día.

  • 1.º de Enero
  • Jueves, Viernes y Sábado de Semana Santa
  • 1.º de Mayo (Día del Trabajo)
  • 10 de Mayo (Día de la Madre)
  • 17 de Junio (Día del Padre)
  • 6 de Agosto (fiesta Divino Salvador del Mundo)
  • 15 de Septiembre (Independencia)
  • 2 de Noviembre (Día de Los Difuntos)
  • 25 de Diciembre (Navidad)

Pagos adicionales

Bono vacaciones:

Según el "Código de Trabajo" el bono por vacaciones corresponde al 30% de tu salario quincenal antes de descuentos. Pero si tu empleador ofrece un porcentaje diferente puedes cambiarlo en el campo de arriba.

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Aguinaldo:

La fecha máxima para el pago del aguinaldo es el 20 de Diciembre. (Art. 200. "Código de Trabajo")

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El aguinaldo se calcula de la siguiente manera:
(Art. 198. "Código de Trabajo")

  • De 1 a 3 años de antigüedad el aguinaldo equivale al salario de 15 días.
  • De 3 a 9 años de antigüedad el aguinaldo equivale al salario de 19 días.
  • De 10 años en adelante el aguinaldo equivale al salario de 21 días.
  • Los trabajadores que al 12 de Diciembre tengan menos de un año de trabajar a un mismo patrono tendrán derecho a un pago proporcional.

Mensual

AFP:

El descuento de AFP es igual al 7.25% de tu salario.

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AFP Patronal:

Aporte a AFP hecho por tu empleador, equivale al 8.75% de tu salario mensual, esta cantidad no se resta del monto que recibirás a final de mes (Art. 16. "Ley Integral Del Sistema de Pensiones").

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ISSS:

El descuento de ISSS es igual al 3% de tu salario, con un techo de $30 mensuales.

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ISSS Patronal:

Aporte a ISSS hecho por tu empleador, equivale al 7.5% de tu salario mensual, esta cantidad no se resta del monto que recibirás a final de mes.

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Renta:

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Descuentos Totales:

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Salario líquido mensual:

Esta es la cantidad que recibirás a final de mes, después de los descuentos de ley.

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Quincenal

AFP:

El descuento de AFP es igual al 7.25% de tu salario.

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AFP Patronal Quincenal:

Aporte a AFP hecho por tu empleador, equivale al 8.75% de tu salario mensual, esta cantidad no se resta del monto que recibirás a final de mes (Art. 16. "Ley Integral Del Sistema de Pensiones").

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ISSS:

El descuento de ISSS es igual al 3% de tu salario, con un techo de $30 mensuales.

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ISSS Patronal Quincenal:

Aporte a ISSS hecho por tu empleador, equivale al 7.5% de tu salario mensual, esta cantidad no se resta del monto que recibirás a final de mes.

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Renta:

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Descuentos totales quincenales:

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Salario líquido quincenal:

Esta es la cantidad que recibirás al final de la quincena, después de los descuentos de ley.

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